
Secciones
Servicios
Destacamos
«El Ayuntamiento debería precintar las campanas para el uso litúrgico». Así lo entiende María José Rodríguez la abogada del vecino de Ponferrada que ha denunciado a la Diócesis de Astorga por los «niveles intolerables, desorbitados y desprorcionados» de ruido provocado por el tañir mecánico de las siete campanas de la iglesia de San Ignacio de Ponferrada.
Su cliente lleva viviendo en el barrio desde 2009. Hasta ese momento no había tenido problemas pero la situación se suscitó hace tres años. «Fue con la llegada del nuevo párroco cuando hay ese cambio sustancial», señala la letrada. Este vecino de la capital berciana se decidió a recurrir a la vía judicial después de poner la situación en conocimiento del Ayuntamiento en el año 2022, «que es competente para resolver este problema». Pero no fue así.
Explica que en ese momento el Consistorio «hace unas mediciones y efectivamente se da cuenta de que los niveles son desproporcionados, exhorbitados». Por ello requiere al obispado, que «incumple el requerimiento, recurre la resolución y lleva al Ayuntamiento al contencioso».
Lamenta María José Rodríguez, abogada especialista en contaminación acústica perteneciente a la asociación Juristas contra el Ruido, que el Ayuntamiento «no ha hecho convenientemente su trabajo» para dar solución a este problema. Entiende, además, que «ha actuado tarde y a destiempo» al considerar que «de alguna manera ha dilatado un procedimiento y no ha actuado convenientemente».
Relata como el Ayuntamiento, al perder el contencioso por un problema de los certificados de los sonómetros utilizados por la Policía Local, vuelve a dictar un decreto en el que obliga al obispado a cumplir la Ley de Ruido. A primeros de año, la letrada actuando en nombre del vecino de presentó la denuncia volvió a pedir al Ayuntamiento que solucionara este problema, «y con cargo a los presupuestos encargó una medición como la que nosotros le habíamos aportado de un organismo público como es la Universidad de León, acreditado como exige la ley» y que realizó, según apunta, el Laboratorio de Acústica Aplicada.
El equipo de gobierno de la capital berciana dio entonces un plazo de un mes al obispado para que cumpliera el decreto que le obliga a cumplir la Ley de Ruido con los tañidos de las campanas de la iglesia de San Ignacio y nuevamente el obispado «vuelve a incumplir ese plazo».
Rodríguez no entiende como el Ayuntamiento no actuó teniendo en cuenta que «la Ley de Ruido le permite adoptar medidas cautelares o provisionales con ese decreto como puede ser precintar, por ejemplo, las campanas mientras no se reconduzca el ruido, sobre todo en el uso litúrgico» dado que es en precisamente en ese momento cuando en el interior de la vivienda del denunciante se superan los 27 decibelios. «Una verdadera barbaridad», resalta, mientras que en la calle «los ciudadanos llegan a soportar unos niveles de 83 decibelios».
«Estamos hablando de un ruido industrial en plena calle que es tolerado por el Ayuntamiento, que debería precintar las campanas para el uso litúrgico mientras no se bajan los niveles». Considera, además, que bajar los niveles es disminuir la presión de los martillos de los carillones «y es algo que se puede hacer sin ningún problema».
A la letrada no le sorprende el recurso anunciado por el obispado contra la sentencia. «Era previsible porque está en la tesitura de recurrirlo absolutamente todo». Desconoce los argumentos sobre los que se sustentará pero insiste en que el contenido fundamental de la resolución dictada por el Juzgado de Primer Instancia de Astorga que ha fallado a favor de su cliente «es que el sonido de las campanas de la iglesia de San Ignacio cumpla la Ley del Ruido».
En este sentido, considera que «está bien fundamentada por el juez» ya que «ha atendido a la prueba contundente que se le ha presentado de los informes acústicos». Cree por ello que el recurso no debería prosperar aunque tiene claro que «el obispado está en su derecho de recurrirla si considera que no está ajustada a derecho».
María José Rodríguez deja claro que «no es cierto que pretendamos apagar o silenciar las campanas» sino que el objetivo es que «el sonido de las campanas cumpla los niveles legales establecidos en la Ley del Ruido de Castilla y León porque no hay ninguna excepción contemplada». Pone el foco en que esta ley «establece unos niveles máximos» que en este caso no se cumplen desde hace tres años, coincidiendo con la llegada del nuevo párroco José Antonio Prieto, que tomó posesión de su cargo el 12 de septiembre de 2021.
«Desde hace tres años unas campanas que nunca habían sido un problema emiten un sonido absolutamente desproporcionado y lo que se pide es que como causa unas molestias y unos problemas a un vecino que vive cerca de la iglesia que se aplique la ley y que el campanario cumpla esos límites que establece la ley para todos los emisores acústicos», remarca la abogada.
Desconoce los motivos que han llevado a aumentar el sonido de las campanas del templo situado en la avenida de Compostilla de Ponferrada aunque sí que cree que «ha habido algún cambio» dado que «un campanario que emite un sonido tolerable de repente empieza a emitir a un sonido intolerable, desproporcionado y daniño, ha debido de haber una intervención por parte del párroco de querer incrementar la sonoridad de esas campanas y lo ha hecho y objetivamente es algo palpable porque de repente unas campanas que no molestan pasan a ser extraordinariamente molestas», subraya Rodríguez.
El problema de las campanas de la iglesia de San Ignacio, según explica la abogada, es que los tañidos «son muy frecuentes, porque son campanas que suenan cada quince minutos a lo largo de todo el día, pero es que además tocan también para las llamadas a la misa, con lo cual este vecino de Ponferrada tiene que soportar no menos de 60 veces al día unos tañidos que son de un ruido intolerable».
Destaca la defensa del denunciante como cuando suenan los siete carillones de uso litúrgico «si los límites son 37 decibelios en el interior de la vivienda llegan a superarlo en 27 decibelios, solamente superando tres ya dobla el ruido, imagínate lo que es superar 27 decibelios, es lo que dice la sentencia, es que se supera un 1.600 por ciento los niveles máximos permitidos, estamos hablando de un ruido ensordecedor, desproporcionado, intolerable y extremadamente daniño para una persona que está en su casa intentando hacer una vida normal y cada quince minutos hay un estrépito bestial que rompe la calidad de vida y compromete la habitabilidad de su vivienda», añade.
«Estrés, ansiedad e incluso contracturas musculares» son algunos de los problemas que según María José Rodríguez arrastra su cliente «por el estado de tensión en el que se encuentra» como consecuencia de esta situación «por un ruido bestial que cada quince minutos irrumpe en tu casa». Una situación insoportable que llega incluso a hacerle «que no pueda estar en su casa». Unos daños morales que reconoce la sentencia y por los que condena al obispado a abonarle al vecino denunciante una cuantía de mil euros en concepto de indemnización debido al estrés provocado por el tañir de la campanas.
Lamenta la abogada que por una parte «tenemos un Ayuntamiento que no cumple debidamente el marco legal que permite la Ley del Ruido de intentar evitar que se siga produciendo esta contaminación acústica, y, por otra parte, tenemos a un obispado que recurre absolutamente todo con un afán dilatorio de ganar tiempo porque no tiene ningún sentido que no asuman que como emisor acústico tiene que cumplir la Ley del Ruido como cualquier otro».
Publicidad
Publicidad
Te puede interesar
Publicidad
Publicidad
Esta funcionalidad es exclusiva para registrados.
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.